Cómo afecta la residencia fiscal en Marbella a tu planificación sucesoria
Marbella no solo ofrece sol y lujo, sino también un entorno fiscal atractivo para planificar una herencia. La residencia fiscal del causante (y a veces de los herederos) puede influir significativamente en cómo se gestiona y tributa una sucesión. En esta guía, veremos cómo afecta ser residente fiscal en Marbella (Andalucía) a la hora de planificar la transmisión de tu patrimonio. ¿Es beneficioso radicarse en Marbella de cara al Impuesto de Sucesiones? ¿Qué pasa si tus herederos viven fuera? ¿Y la ley aplicable a la herencia? Aclararemos estos puntos, enfatizando las ventajas de Andalucía como destino sucesorio y las precauciones que hay que tener.
Jacob Salama
4/22/20255 min leer
Residencia fiscal del causante: ¿por qué importa?
En España, la normativa de sucesiones distingue si el fallecido era residente fiscal en España o no, ya que de ello depende qué administración liquida el impuesto y qué normativa autonómica aplica. Si eres residente en Marbella (residencia fiscal significa vivir más de 183 días al año aquí, básicamente), al morir tu herencia se tramitará conforme a la normativa andaluza, independientemente de dónde estén tus herederos. Esto es positivo porque Andalucía, como hemos visto, casi ha eliminado el Impuesto de Sucesiones para familiares directos.
Caso 1: Residente en Marbella, hijos residentes en Reino Unido. Tus bienes (tanto en España como fuera) tributarán en España porque eres residente aquí. Al haber bienes worldwide, Hacienda aplicará la normativa andaluza para lo ubicado en España y también a lo de fuera si tus hijos residen UE (tras cambios legales, incluso si no, podrían acogerse). Resultado: tus hijos, aunque vivan fuera, disfrutarán de las bonificaciones andaluzas (99% etc.) siempre que la sucesión se rija por Andalucía. Antes esto no era automático para no UE, pero tras la ley 11/2021 se extiende a todos.
Caso 2: No residente en España, con bienes en Marbella. Aquí la cosa varía: si mueres siendo residente fiscal de otro país, tus bienes en España tributarán con normativa autonómica solo si heredero es UE/EEE De todos modos, planificando ser tú residente en Marbella en los años previos al fallecimiento, aseguras que toda la herencia caiga bajo el paraguas andaluz.
Conclusión: residir fiscalmente en Marbella en el momento del fallecimiento facilita aplicar la ley andaluza a toda la sucesión.
Otra consideración: la ley aplicable a la herencia según Reglamento UE 650/2012 es la de la residencia habitual salvo elección de otra. Si te conviene la ley española (por ejemplo, te interesa la legítima para proteger a ciertos herederos) entonces residir en España la hace aplicable automáticamente. Si no te conviene (quieres libertad de testar), siempre puedes elegir la ley de tu nacionalidad en el testamento. Pero en todo caso, residiendo en Marbella tienes la opción de optar por la española o no, según prefieras.
Ventajas fiscales concretas de ser residente en Marbella
Impuesto de Sucesiones casi nulo para familia directa: Como residente andaluz, tus herederos directos tendrán reducciones y bonificaciones máximas. En comunidades sin esas bonificaciones, el impacto sería mayor. Por ejemplo, un patrimonio de 800k a hijos en Andalucía sale cuota cero; en otras regiones podrían ser decenas de miles €.
Posibilidad de planificación con donaciones en vida: Siendo residente aquí, podrías incluso hacer donaciones en vida aprovechando también beneficios fiscales (Andalucía tiene reducciones para donaciones a hijos para negocio, vivienda, etc.). Y al residir, tus donaciones tributan en Andalucía con sus normas, en lugar de normativa estatal más gravosa.
Coordinación con Impuesto de Patrimonio: Actualmente Andalucía bonifica el Patrimonio al 100%, lo que significa que residiendo en Marbella no pagas Patrimonio. Esto atrae fortunas. Como mencionamos, hay un impuesto estatal complementario para >3M€, pero Andalucía no lo cobra. Si residieras en otra CCAA sin bonificación, estarías pagando Patrimonio anual, reduciendo base a heredar quizás pero pagando impuestos cada año. En Marbella disfrutas de "tax holiday" en Patrimonio (excepto la parte estatal temporal).
Plusvalía municipal: No depende de residencia fiscal del fallecido, sino de la ubicación del inmueble. Pero indirectamente, residir en Marbella suele implicar que tu vivienda habitual está aquí, con lo cual tu cónyuge/hijos convivientes tendrían 95% bonificación plusvalía en Málaga/Marbella Si vivías fuera y solo tenías casa de veraneo aquí, puede que no apliquen bonificación por no ser vivienda habitual.
En resumen, centralizar tu vida fiscal en Andalucía maximiza el aprovechamiento de sus incentivos.
¿Y si mis herederos no residen en España?
Como residente en Marbella, aunque tus herederos estén fuera, la normativa actual les permite disfrutar de los beneficios autonómicos (gracias a la equiparación UE y no UE). Lo único: deberán conseguir un NIE para trámites y, si son no residentes, posiblemente nombrar un representante fiscal aquí. Pero eso es gestionable. Lo importante es que no perderán las ventajas por el hecho de vivir fuera.
Cabe aclarar que si tus herederos residen fuera de la UE completamente, hasta hace poco la Hacienda estatal quería aplicarles normativa estatal. Con las sentencias del Supremo 2018 y la ley 11/2021, ya no: da igual donde residan, todos pueden optar a normativa andaluzam. Si hubiera alguna resistencia administrativa, se puede recurrir y se ganaría con base en esas sentencias.
Planificar la sucesión siendo residente: testamento y demás
Si te estableces en Marbella, es aconsejable hacer un testamento en España para los bienes aquí. Como residente, tu herencia se tramitará aquí, así que un testamento español agiliza todo. Puedes, no obstante, elegir la ley de tu nacionalidad en ese testamento si no quieres que la legítima española limite tus disposiciones. Muchos extranjeros lo hacen: viven en Marbella (ganan en impuestos) pero en el testamento ponen que se aplique su ley nacional, así pueden, por ejemplo, dejar todo al cónyuge sin reservar forzosamente partes a hijos, etc.
Otra recomendación es asesorarte sobre convenios de doble imposición. España apenas tiene en sucesiones, salvo con Francia, Suecia, etc. Pero si tienes bienes en tu país de origen, siendo tú residente aquí, podrías acabar con doble gravamen (aunque España te dejará deducir lo pagado fuera hasta cierto límite). Aun así, con las bonificaciones andaluzas, muchas veces España cobrará cero, y solo pagarán algo en el país extranjero por esos bienes. Cada caso es particular.
Cuándo no conviene residir en Marbella para la herencia
En la gran mayoría de casos, residir en Marbella (Andalucía) es fiscalmente ventajoso. ¿Cuándo podría no serlo?
Si tu patrimonio principal está en otro país con imposición baja de sucesiones y no planeas beneficiarte de la bonificación andaluza (por ejemplo, británico con bienes solo en UK, UK no tiene impuesto para el receptor sino para el estate pero exento hasta 325k libras... bueno, aún así Andalucía no empeora nada, solo sumaría burocracia si pocos bienes en España).
Si tu ley personal (nacional) te beneficia y no quieres arriesgar su aplicación. Pero ya vimos que puedes elegirla expresamente.
Si tus herederos son lejanos y no piensas casarte o tener hijos a quien dejar (ej. quieres dejar a sobrinos): en Andalucía tributarán, en otras CCAA también, pero alguna (p.ej. Canarias) tiene reducciones para sobrinos. Pocos casos. Un caso: Madrid bonifica 15% a hermanos, 10% a sobrinos; Andalucía da 0% a sobrinos. No es determinante a menos que el patrimonio sea enorme e íntegro a sobrinos.
En general, Andalucía es de las mejores opciones para legado familiar directo. Para legar a terceros no familiares, sigue habiendo impuesto pero al menos los tipos son menores que los estatales.
Conclusión
Establecer la residencia fiscal en Marbella puede ser un movimiento estratégico en la planificación sucesoria. Garantiza que se aplique una de las normativas más benignas en España (y Europa) en materia de Impuesto de Sucesiones, lo que supone un gran ahorro para la familia. Además, al residir en España, es más sencillo coordinar la ejecución del testamento y evitar trabas legales internacionales.
La residencia fiscal influye tanto en la ley sustantiva aplicable (por defecto, la española, salvo elección de otra) como en la normativa fiscal competente (autonomía de Andalucía con su casi supresión del impuesto). Por tanto, quien tenga posibilidad de elegir dónde pasar sus últimos años o dónde figurar como domicilio fiscal, debería considerar seriamente a Marbella/Andalucía como destino.
Como siempre, cada familia y patrimonio tienen circunstancias únicas. Es recomendable buscar asesoría personalizada. En ImpuestosHerencias.es y HerenciasPlus.com contamos con expertos en planificación internacional que pueden evaluar tu caso. Si quieres optimizar la futura herencia a favor de tus seres queridos aprovechando las ventajas de la residencia en Marbella, contáctanos (apartado Contacto arriba a la derecha) y trazaremos contigo la mejor hoja de ruta sucesoria.
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