¿Qué es una herencia yacente y quién la administra?

Tras el fallecimiento de una persona, hay un período transitorio en el que sus bienes, derechos y obligaciones permanecen sin un titular definitivo. A esto se le denomina herencia yacente. Se trata de una figura legal importante, pues la herencia yacente actúa como sujeto de derechos y obligaciones hasta que los herederos la acepten (o renuncien). En este artículo explicaremos en qué consiste exactamente la herencia yacente, cuánto puede durar, quién se encarga de administrarla mientras está “sin dueño” y qué obligaciones existen en esa etapa.

Jacob Salama

5/15/20254 min leer

administración herencia yacente
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Definición de herencia yacente

La herencia yacente es la situación jurídica que se produce desde el momento del fallecimiento hasta que los herederos aceptan o repudian la herencia​. En otras palabras, durante ese intervalo de tiempo, el conjunto de bienes, derechos y deudas del difunto no tiene un titular plenamente determinado. La propia herencia es considerada como un patrimonio separado que “yace” a la espera de ser atribuido. Cabe señalar que la herencia puede estar yacente tanto si hay testamento como si no lo hay; lo que importa es que aún no haya aceptación por parte de los llamados a heredar.

Mientras la herencia está yacente, los bienes hereditarios carecen de dueño concreto, pero eso no significa que queden abandonados: siguen existiendo y pueden generar frutos (por ejemplo, rentas de alquiler de un piso del difunto) o gastos (impuestos, mantenimiento). Legalmente, la herencia yacente es susceptible de ser parte en procedimientos: por ejemplo, si hay un pleito pendiente, la herencia yacente del fallecido puede ser demandada o demandar a terceros a través de un administrador judicial. Es una forma de proteger el patrimonio hasta que alguien lo asuma.

No existe un plazo fijo establecido en la ley para que una herencia permanezca yacente; teóricamente podría durar indefinidamente hasta que un heredero decida aceptarla. Sin embargo, cualquier interesado puede instar a que los llamados a heredar se pronuncien. De hecho, el Código Civil permite que, mediante un requerimiento notarial, se obligue a un heredero indeciso a aceptar o renunciar en un plazo de 30 días, pasado el cual si no responde se entiende que renuncia​. En la práctica, lo habitual es que la situación de herencia yacente dure unos meses mientras se obtienen los documentos pertinentes (certificados, testamento, etc.) y se prepara la partición.

¿Quién administra la herencia yacente?

Durante la etapa de yacencia, la administración del patrimonio del difunto recae, en primer lugar, en la persona que éste hubiera designado para tal fin. Si el fallecido nombró un albacea (o ejecutor testamentario) o un administrador en su testamento, dicha persona será la encargada de custodiar y gestionar los bienes conforme a las instrucciones del testador y a la ley. El albacea (figura contemplada en el Código Civil) tiene obligaciones fiduciarias: debe velar por los bienes, pagar deudas urgentes con cargo al caudal hereditario, etc., hasta la entrega de los bienes a los herederos.

Como menciona HerenciasPlus.com si el difunto no nombró albacea/administrador –lo que es lo más común–, la propia ley señala que los herederos son quienes administran la herencia yacente​ Es decir, aunque aún no hayan aceptado formalmente, pueden (y deben) encargarse de la conservación de los bienes. En la práctica, suelen hacerlo los parientes más cercanos: por ejemplo, el cónyuge supérstite o un hijo mayor se ocupa de pagar recibos, vigilar la vivienda, etc., en nombre de todos. Sin embargo, deben tener cuidado de no realizar actos que impliquen aceptación tácita de la herencia (como vender un bien), a menos que estén decididos a aceptar, porque ciertas actuaciones podrían interpretarse legalmente como que han asumido la herencia.

Existe también la posibilidad de solicitar a un juez la designación de un administrador judicial de la herencia yacente en algunos supuestos. Esto puede ocurrir, por ejemplo, si los llamados a heredar están en desacuerdo o incapacitados para gestionar los bienes, o si la herencia es especialmente compleja. Cualquier heredero (o acreedor interesado) puede pedir al juez que nombre un administrador neutral para proteger el patrimonio mientras no se resuelve la adjudicación. El juez, tras evaluar la necesidad, designará a un profesional (a veces un abogado o persona de confianza) que actuará temporalmente como representante de la herencia yacente. Sus facultades suelen limitarse a actos de conservación y administración ordinaria, debiendo rendir cuentas después.

Obligaciones y consideraciones durante la yacencia

Aunque no haya un dueño definitivo, la herencia yacente sigue sujeta a obligaciones legales y fiscales. En ImpuestosHerencias.es somos especialistas en el Impuesto Sucesiones, por ejemplo, si en el patrimonio hay bienes inmuebles, habrá que seguir pagando el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de esos inmuebles durante la yacencia; si hay que presentar la declaración de IRPF por las rentas del año del fallecimiento, deberá incluir los ingresos generados hasta la fecha de la muerte y, a partir de entonces, ciertos rendimientos de la herencia se declaran a nombre de la herencia yacente. Igualmente, cualquier impuesto devengado por la sucesión (como el impuesto de sucesiones) deberá ser liquidado en los plazos legales por los herederos, incluso si aún no han hecho la aceptación formal.

Otro punto importante: los acreedores del difunto pueden reclamar sus deudas a la herencia yacente. La herencia responde con sus bienes de las obligaciones del causante. Si los herederos finalmente repudian la herencia, y ninguno la acepta, podría declararse herencia vacante y los bienes pasarían al Estado, pero los acreedores al menos tendrían la posibilidad de cobrar hasta donde alcancen esos bienes.

En conclusión, la herencia yacente es ese lapso en el que el patrimonio del fallecido está “en el limbo” legal, sin titular concreto pero bajo administración de albacea, herederos o incluso un administrador judicial. Es importante gestionar adecuadamente esta fase para preservar el valor de los bienes y cumplir las obligaciones, mientras los herederos deciden aceptar y se adjudica formalmente la herencia.

Llamada a la acción: Si necesita ayuda en la administración de una herencia yacente o no tiene claro cómo proceder ante la falta de aceptación inmediata de la herencia, contáctenos por medio de la sección Contacto (arriba a la derecha). Existen especialistas en sucesiones y herencias (como los del portal HerenciasPlus.com) que podrán asesorarle para proteger el patrimonio durante este periodo transitorio y realizar los trámites necesarios.

Aviso legal: Este contenido es de carácter general y no sustituye la asesoría jurídica profesional. Cada herencia puede tener particularidades (testamentarias o legales) que requieran un análisis específico. No utilice la información aquí proporcionada como consejo legal definitivo sin consultar antes con un abogado especializado. Queda advertido que el contenido no debe reproducirse ni aplicarse sin el debido consentimiento o asistencia profesional.