Herencias con bienes en el extranjero: ¿hay que declararlos en España?
Repasamos los pasos a seguir para declarar bienes declarados en el extranjero en el impuesto de sucesiones
Jacob Salama
4/23/20252 min leer
Si recibes una herencia que incluye bienes en el extranjero (por ejemplo, cuentas bancarias en otro país, inmuebles en Francia o Estados Unidos, acciones en bolsas extranjeras, etc.), es natural preguntarse si hay que declararlos en España. La respuesta general es sí: siempre que el causante o el heredero sea residente fiscal en España, esos bienes forman parte de la herencia a efectos del Impuesto de Sucesiones español y deben declararse.
Declaración en el Impuesto de Sucesiones: La ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en España grava las herencias mundiales de los residentes. Esto significa que un heredero residente en España tributa por los bienes heredados situados tanto en España como en el extranjero. Asimismo, si el fallecido era residente en España, su caudal hereditario mundial está sujeto al impuesto, independientemente de dónde estén los activos. Por ejemplo, si un vecino de Marbella hereda un apartamento en Londres y una cuenta en Suiza, tendrá que incluir el valor de ambos en la declaración de Sucesiones en Andalucía. Para ello, se valora cada bien a la fecha de fallecimiento (con informe de tasación si es un inmueble, o extractos bancarios para cuentas) y se convierte su valor a euros. El heredero presentará la autoliquidación (modelo 650) ante Hacienda, aplicando las reducciones o bonificaciones de la comunidad autónoma que corresponda.
Impuestos pagados en el extranjero: Si por esos mismos bienes se ha pagado algún impuesto en el extranjero (por ejemplo, impuesto de sucesiones local en el país donde está el inmueble), es importante saber que España no tiene convenios amplios de doble imposición en herencias. Sin embargo, en muchos casos se podrá deducir en la cuota española la cuota pagada en el exterior hasta cierto límite, evitando así una doble tributación completa. Esto suele ser complejo y conviene asesorarse según el país de que se trate.
Otros deberes tras heredar bienes foráneos: Declarar en Sucesiones es el primer paso, pero no el único. Si tras la herencia el heredero mantiene la propiedad de bienes en el extranjero y es residente en España, deberá cumplir con las obligaciones informativas y fiscales sobre patrimonio en el exterior. En la práctica, esto implica presentar el Modelo 720 (y sus nuevos formularios específicos, como el 721 para criptomonedas) si el valor de los activos fuera de España supera los 50.000 €. Además, dichos bienes se sumarán a su base del Impuesto sobre el Patrimonio (si su patrimonio total excede el mínimo exento, generalmente 700.000 €, deberá declararlo en el modelo 714 cada año).
En resumen, los bienes heredados en el extranjero sí deben declararse en España para fines fiscales, siempre que exista obligación personal de contribuir (heredero o causante residentes en España). No hacerlo podría acarrear sanciones. Por ello, ante una herencia internacional, es recomendable informar todos los activos a las autoridades fiscales españolas y consultar cómo coordinar esa declaración con la del país donde están ubicados los bienes para evitar pagos duplicados.
Este artículo no representa una recomendación legal. Puede contar con HerenciasPlus.com para dudas jurídicas hereditarias o con ImpuestosHerencias.es para liquidar los impuestos derivados de la herencia. Más información sobre el autor, Jacob Salama, en su LinkedIn.
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