Plazo de aceptación de las herencias en España
Plazos para aceptar la herencia desde el punto de vista civil y fiscal Español
Jacob Salama
4/17/20242 min leer
Una pregunta común de los herederos es “¿hasta cuándo puedo aceptar una herencia?”. A diferencia de otros trámites, el Código Civil no impone un plazo fijo general para aceptar o repudiar (rechazar) una herencia En principio, el llamado a herencia puede tomarse su tiempo para decidir. Sin embargo, existen consideraciones prácticas y legales a tener en cuenta que en la práctica sí acotan ese plazo.
En primer lugar, cualquier interesado (por ejemplo, otro coheredero, un acreedor del difunto o de un heredero, etc.) puede instar la llamada interpellatio (interpelación) del artículo 1005 del Código Civil. Esto significa que, mediante un requerimiento notarial, se notifica al heredero que dispone de 30 días naturales para manifestar si acepta pura y simplemente, acepta a beneficio de inventario, o repudia la herencia Si transcurren esos 30 días sin respuesta, la ley presume aceptada la herencia pura y simplemente, es decir, el heredero pasa a adquirir tanto los bienes como las deudas sin limitaciones. Esta medida sirve para forzar una definición cuando la situación lo exige y evitar que la herencia quede indefinidamente en el limbo. Por tanto, si recibes un requerimiento notarial basado en el art. 1005, debes decidir en ese plazo de 30 días o se te considerará heredero automáticamente.
Por otro lado, aunque no haya interpelación notarial, hay plazos fiscales que sugieren no demorar demasiado la aceptación. El Impuesto de Sucesiones debe presentarse generalmente en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento (con posibilidad de prórroga de otros 6 meses si se solicita oportunamente). Para liquidar este impuesto, suele ser necesario haber clarificado la partición de la herencia (o al menos qué bienes recibe cada heredero). Si se deja pasar el plazo fiscal sin pagar ni pedir prórroga, habría recargos e intereses. Así que, de facto, es recomendable que los herederos tomen una decisión dentro de esos primeros meses para poder cumplir con Hacienda.
También existe un plazo de prescripción largo de las acciones hereditarias: la acción para reclamar una herencia (petición de herencia) prescribe a los 30 años según jurisprudencia clásica, lo cual en teoría marcaría un límite máximo para ejercer los derechos hereditarios si nadie los ha ejercido antes. No obstante, en la práctica rara vez se llega a ese extremo, pues antes se suele resolver la sucesión.
En conclusión, no hay un plazo fijo legal inmediato para aceptar una herencia, pero sí hay circunstancias que pueden acortar el tiempo disponible. Si otro interesado te exige pronunciarte, tendrás 30 días para hacerlo. Y aunque nadie te requiera, es prudente resolver la aceptación en los primeros meses para tramitar impuestos y evitar problemas en la administración de los bienes. Si necesitas más tiempo para decidir (por ejemplo, para investigar si hay deudas ocultas), puedes valorar aceptar a beneficio de inventario o renunciar antes de vencer el plazo fiscal, según convenga. Lo importante es no ignorar las notificaciones y planificar la gestión dentro de los tiempos que marca la normativa fiscal y las necesidades de la herencia.
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