¿Se puede renunciar a una herencia en Marbella si hay deudas? Requisitos y procedimiento local

Heredar no siempre significa recibir bienes valiosos; a veces implica asumir deudas del difunto. En España, los herederos responden de las deudas del causante, incluso con su propio patrimonio, salvo que actúen para evitarlo. Por ello, es legítimo preguntarse: ¿Puedo renunciar a una herencia en Marbella si esta viene cargada de deudas? La respuesta es sí, la ley permite la repudiación de la herencia, pero hay que hacerlo correctamente. En este artículo explicamos cómo renunciar a una herencia (especialmente en el contexto local de Marbella/Andalucía), qué requisitos y plazos existen, las implicaciones de la renuncia y qué ocurre a nivel local tras renunciar (por ejemplo, si hay bienes inmuebles en Marbella, cómo se gestionan). También mencionaremos la figura de la aceptación a beneficio de inventario como alternativa cuando hay deudas.

Jacob Salama

4/21/202510 min leer

worm's-eye view photography of concrete building
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Renunciar a la herencia: libertad y requisitos

En España, ningún llamado a herencia está obligado a aceptarla. Puedes rechazar (repudiar) la herencia de forma expresa. Para que la renuncia sea válida legalmente debe cumplir:

  • Forma: hacerse en escritura pública ante notario, o mediante comparecencia ante el Letrado de la Administración de Justicia (pero lo usual es notario). No vale renunciar de palabra o simplemente no hacer nada; debe constar por escrito.

  • Plazo: La ley no marca un plazo concreto para aceptar o renunciar, salvo que un interesado (otro heredero, acreedor, etc.) te interpelen notarialmente para que decidas, en cuyo caso hay 30 días para pronunciarte. Sin requerimiento, podrías técnicamente tardar hasta la prescripción (que doctrinalmente se asocia a 30 años, pero en la práctica conviene resolver antes por tema de impuestos). Atención: El Impuesto de Sucesiones vence a los 6 meses del fallecimiento. Si vas a renunciar, es ideal hacerlo dentro de esos 6 meses para no figurar como heredero sujeto a impuesto.

  • Renuncia pura y simple: Debe ser total. No puedes renunciar a la parte mala y quedarte la buena. Tampoco puedes renunciar si previamente hiciste actos de heredero (por ejemplo, vender un bien hereditario); eso implicaría aceptación tácita y ya no podrías repudiar.

En Marbella (o en cualquier lugar de España) acudes a un notario con tu DNI/NIE, el certificado de defunción del causante y el certificado de últimas voluntades + testamento (si lo hay). Otorgas "Escritura de Renuncia de Herencia". El notario la comunicará a Hacienda autonómica para fines del impuesto.

Efectos de la renuncia

Si renuncias:

  • Te eliminan de la sucesión, se entiende como si nunca hubieras sido heredero.

  • Si hay testamento y estabas nombrado heredero, normalmente entrará en juego el sustituto (si lo hubiere) o, si no hay sustituto, tu parte acrecerá a los demás herederos instituidos. Por ejemplo, testamento: "herederos mis dos hijos A y B al 50%". Si A renuncia, B se queda con el 100%. (Salvo que el testador hubiera previsto otra cosa).

  • Si es herencia intestada (sin testamento), y renuncias, tu cuota pasa a los herederos siguientes en la línea de sucesión. Ejemplo: fallece soltero sin hijos, heredan sus hermanos. Si uno renuncia, su parte la toman los demás hermanos, o si todos los del mismo grado renuncian, se llama a grado siguiente (sobrinos, etc.).

  • Importante: el que renuncia lo hace en beneficio de la masa hereditaria, no puede decir "renuncio a favor de fulano". Eso se consideraría una aceptación y posterior donación (con implicaciones fiscales graves). La renuncia debe ser "pura y simple", sin condiciones ni designaciones.

Al renunciar, no adquieres ni bienes ni deudas del difunto. Por tanto, tus bienes personales quedan a salvo de los acreedores del difunto. Ellos reclamarán a los herederos que sí aceptaron, o al Estado si nadie acepta finalmente (el Estado es heredero ulterior si todos rechazan, aunque puede aceptar a beneficio de inventario obligatoriamente).

Procedimiento local en Marbella

No hay un procedimiento "municipal" especial para renunciar; es igual en toda España. Sin embargo, hay cuestiones prácticas locales:

  • Notarios en Marbella: Puedes renunciar ante cualquier notario, no tiene que ser en la ciudad del fallecido. Pero hacerlo en Marbella puede ser útil si ahí se tramita la herencia. Busca notaría con cita rápida; es un trámite sencillo.

  • Impuesto de Sucesiones Andalucía: Al renunciar, no pagas Impuesto de Sucesiones (pues no adquieres nada). Eso sí, Hacienda pide a veces que se acredite la renuncia. La propia notaría suele enviar telemáticamente la renuncia a la Oficina Liquidadora (en Málaga capital). Conviene luego verificar que no te cobren por error. Por precaución, se puede presentar modelo 660 indicando "renunciado, no sujeto" junto con copia de la escritura, dentro de 6 meses.

  • Registro de la Propiedad de Marbella: Si hay inmuebles, tu renuncia implica que no figurarás en la escritura de adjudicación de herencia. Los inmuebles se adjudicarán a los otros herederos. No vas al Registro, así que nada a tu nombre.

  • Plusvalía municipal: Si renuncias, tampoco tienes que pagar plusvalía por inmuebles, porque no llegas a ser transmisionario. La plusvalía la pagarán quienes finalmente reciban la propiedad. En caso de que todos los familiares renuncien y la herencia quede yacente o pase al Estado, la plusvalía se devengaría cuando se adjudique.

Marbella como ayuntamiento no interviene en la renuncia, salvo en esos impuestos municipales si procediera más adelante.

Alternativa: Aceptar a beneficio de inventario

Existe una figura intermedia: la aceptación a beneficio de inventario. Significa que aceptas la herencia pero limitando la responsabilidad por deudas al valor de los bienes heredados. Así, tus bienes propios quedan a salvo: si la herencia tiene más deudas que activos, solo se pagará hasta donde alcancen los activos de la herencia, y el resto de deudas se extingue sin afectar tu patrimonio.

Suena ideal, pero en la práctica es un procedimiento más engorroso que la renuncia:

  • Debes manifestarlo ante notario o juzgado antes de aceptar ni tacita ni expresamente.

  • Se realiza un inventario solemne de todos los bienes y deudas en presencia de notario.

  • Implica más coste y trámite. Muchos optan por renunciar directamente si sospechan que deudas > bienes.

En cualquier caso, el beneficio de inventario te permite heredar lo bueno sin cargar con lo malo en exceso. Si la herencia es dudosa pero no quieres renunciar por completo (quizás hay esperanza de saldo positivo), esta es la opción. Eso sí, conviene hacerse asesorar por un abogado porque es proceso formal.

Plazos y procedimiento

Testamento para residentes en Málaga con bienes en varios países: cómo redactarlo sin contradicciones

Introducción: Vivir en Málaga y poseer propiedades o activos en diferentes países es cada vez más común. Si es tu caso, es esencial un testamento bien planificado que cubra tus bienes internacionales sin generar conflictos entre las leyes de distintos países. Hacer un testamento único para todos tus bienes puede ser complicado por las diferencias legales, pero tampoco conviene dejar múltiples testamentos mal coordinados. En este artículo, te orientamos sobre cómo redactar un testamento para residentes en Málaga con bienes en varios países, evitando contradicciones. Hablaremos del Reglamento Europeo de Sucesiones (que te permite elegir la ley aplicable), la opción de múltiples testamentos locales versus uno global, y consejos prácticos para asegurar que tu voluntad se cumpla en cada jurisdicción sin problemas.

1. Aprovecha el Reglamento (UE) 650/2012 para elegir ley aplicable

Como residente en Málaga (España), la regla general es que tu herencia se regirá por la ley española en su conjunto. Pero si tienes nacionalidad extranjera o bienes importantes en otro país, quizás prefieras que se aplique otra ley. El Reglamento Europeo 650/2012 te permite elegir en tu testamento la ley de tu nacionalidad para toda tu sucesión. Por ejemplo, un ciudadano británico residente en Málaga puede indicar que su herencia se rija por la ley inglesa. Esto puede ser útil porque la ley inglesa (sin legítima estricta) le da más libertad para distribuir sus bienes que la española, que reserva obligatoriamente partes a hijos. O un francés en Málaga podría optar por la ley francesa si prefiere su sistema.

Consejo: Si tienes doble nacionalidad, especifica claramente cuál escoges. Y si eres español con bienes fuera, podrías igualmente preferir ley española para uniformidad o la local si tu cónyuge es extranjero, etc. Lo importante es incluir esa cláusula de elección de ley en el testamento. Así evitas contradicciones de base, ya que toda la herencia se someterá a una única ley (la elegida).

2. ¿Un testamento único o varios testamentos?

Existe la opción de otorgar testamentos separados en cada país donde tienes bienes, o bien hacer un testamento único global. Cada enfoque tiene pros y contras:

  • Testamento único (ante notario español): Puedes abarcar todos tus bienes mundiales en un solo documento. Ventajas: simplicidad (una única voluntad), claridad de distribución global, menos riesgo de omitir algo. Además, España tiene notariado muy fiable, y un testamento español se ejecuta bien aquí. Pero ojo: un testamento español en español podría necesitar traducción y homologación para bienes en el extranjero, lo que puede complicar trámites allá. Y debes asegurarte de que sus disposiciones no chocan con leyes forzosas extranjeras (por ejemplo, si tienes inmuebles en un país con restricciones a herencias de extranjeros).

  • Múltiples testamentos locales: Consiste en hacer, por ejemplo, un testamento en España para tus bienes españoles y otro en el país X para los bienes allí, etc. Ventaja: cada testamento se adapta a la ley local y en el idioma local, facilitando la tramitación en ese país. Desventaja: riesgo de contradicción o revocación involuntaria. Si no se coordinan bien, un testamento puede anular al otro. Por ejemplo, muchos testamentos empiezan con "Revoco todos mis testamentos anteriores". Si haces uno en España y luego otro en Francia con esa cláusula, sin querer revocaste el de España.

Cómo evitar contradicciones si haces varios testamentos: Debes indicar claramente en cada uno que no revoca los demás, y delimitar su alcance. Por ejemplo: "Este testamento se refiere únicamente a mis bienes situados en Reino Unido, y no revoca el testamento otorgado en España el [fecha] relativo al resto de mis bienes". Y viceversa. Así, cada documento opera solo sobre ciertos bienes y coexiste con el otro.

Muchos asesores recomiendan, para quien tiene bienes en solo 2 o 3 países, optar por testamentos locales para cada uno, precisamente para atajar problemas de formalidades e impuestos locales. Pero hay que hacerlo con un abogado que coordine el texto de todos para que encajen.

3. Cuida las legítimas y normas imperativas en cada país

Si no haces elección de ley, podrías enfrentarte a que, por ejemplo, tus bienes en España se rijan por ley española (legítimas a hijos), pero los de tu país de origen por su ley, y eso puede dar resultados diferentes de lo que esperabas. Con elección de ley unificas criterio, pero ten en cuenta: algunos países no miembros de la UE podrían no reconocer esa elección. Por ejemplo, bienes raíces en ciertos países pueden regirse siempre por la ley local según su legislación interna.

Supón que tienes:

  • Un piso en Málaga.

  • Una casa en Alemania. Eres alemán residiendo en Málaga. El Reglamento haría que si no dices nada, la ley española rija todo. Pero Alemania (que sí aplica Reglamento) aceptaría la ley española, en principio. Ahora, si en lugar de Alemania fuera un país fuera de la UE, podría complicarse.

Recomendación: Infórmate de las normas sucesorias de cada país donde tienes bienes. Si algún país tiene reglas muy estrictas, tu testamento debe respetarlas para esos bienes. A veces se pueden usar figuras como legados específicos para cumplir con requisitos locales.

Por ejemplo, en algunos estados de EE.UU., un testamento extranjero podría no bastar para inmuebles, por lo que a veces se crea un trust o se hace un codicilo específico estadounidense.

En todo caso, asegúrate de no disponer la misma cosa de dos maneras distintas en diferentes testamentos. Parece obvio, pero ha ocurrido que alguien deja "la casa de Marbella a mi hijo A" en un testamento español, y luego en otro testamento en su país, por descuido, legó "todas mis propiedades a mi esposa" que incluiría la de Marbella también. Eso genera un conflicto interpretativo.

4. Aspectos formales: idioma, registro de últimas voluntades

España tiene un Registro de Últimas Voluntades. Cuando falleces en España, este registro indica qué testamento hiciste en España (fecha y notario). Pero no registra testamentos hechos en otros países. Por tanto, tus herederos deben estar informados de que existen testamentos en otros países. Una buena práctica es mencionar en cada testamento la existencia de los otros: "Nota: El testador manifiesta que además de este, otorgó disposición testamentaria en X país con fecha tal".

De ser posible, deposita copias simples de los testamentos foráneos entre tus papeles, o informa al albacea/herederos. Así, al fallecer, no se pasan por alto. De lo contrario, un heredero podría pensar que solo existe el testamento de España, tramitar todo, y luego descubrir que había otro documento en el extranjero que cambia las cosas.

5. Impuestos y planificación fiscal internacional

No menos importante: fiscalidad. Cada país tiene sus impuestos sucesorios. España gravará tus bienes en España si eres no residente, o toda la herencia si eras residente (aunque luego a tus herederos se les permita aplicar bonificaciones andaluzas). Otros países podrían gravar su porción. Busca asesoramiento para evitar doble imposición. Por ejemplo, España y EE.UU. no tienen convenio de herencias; un mismo activo podría quedar en ambos focos. A veces hay estrategias como donar en vida, uso de seguros de vida (exentos en algunos sitios)...

En tu testamento, la planificación fiscal no se escribe, pero las decisiones (como quién hereda qué) pueden influir en impuestos. Por ejemplo, dejar un bien de un país a un heredero residente en ese país puede minimizar trámites. O si un país tiene impuestos altos pero exenciones por parentesco, conviene aprovecharlas en la distribución.

Conclusión

Redactar un testamento que abarque bienes en varios países sin contradicciones requiere coordinación legal. Como residente en Málaga, tienes la ventaja del Reglamento europeo que te da flexibilidad para unificar la ley aplicable. Decide si prefieres un solo testamento notarial español o varios. Si optas por uno único, asegúrate de que cumpla formalidades internacionales (por ejemplo, firma y apostilla si va a usarse fuera). Si optas por varios, deja constancia en cada uno para que no se anulen entre sí.

La meta es evitar que tras tu fallecimiento tus herederos se enfrenten a rompecabezas legales. Un testamento claro y bien pensado es el mejor regalo que les puedes dejar.

Si necesitas ayuda profesional en la preparación de un testamento multinacional, en HerenciasPlus.com son expertos en derecho sucesorio internacional y en ImpuestosHerencias.es somos expertos en toda la fiscalidad derivada de esta casuística. Contáctanos a través del apartado Contacto (esquina superior derecha) y te ayudaremos a elaborar un plan testamentario sólido que funcione aquí en Málaga y en los demás países donde estén tus bienes, sin fisuras ni contradicciones.

Este artículo no representa una recomendación legal. Puede contar con HerenciasPlus.com para dudas jurídicas hereditarias o con ImpuestosHerencias.es para liquidar los impuestos derivados de la herencia. Más información sobre el autor, Jacob Salama, en su LinkedIn.